ARTICULO 36 . Investigación por la procuraduría general de la nación. La Procuraduría General de la Nación podrá en cualquier momento iniciar o asumir una investigación disciplinaria de funcionarios de la Dirección General de Aduanas. En estos casos el funcionario que ordenó adelantarla deberá suspender las diligencias y pondrá a disposición de la Procuraduría todos los documentos que sean pertinentes, dejando la respectiva copia o fotocopia auténtica para el archivo. CAPITULO 2o. Procedimiento ordinario
Decreto 1649 de 1991 →Vigente
Artículo 36
Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.