ARTICULO 28 . Comisión de personal. La Comisión de Personal emitirá concepto en todos aquellos casos en que la sanción a imponer sea de destitución. El concepto de la Comisión no será obligatorio para la autoridad nominadora. La Comisión de Personal decidirá sobre los asuntos que sean de su competencia por mayoría de votos y podrá sesionar con dos de los integrantes que tengan derecho a voto. De sus deliberaciones se dejará constancia escrita mediante acta.
Decreto 1649 de 1991 →Vigente
Artículo 28
Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.