Micelio

Artículo 27

Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 27 . Recursos. Todas las providencias que impongan sanción serán susceptibles del recurso de reposición. La providencia que impone suspensión en el ejercicio del cargo admite recurso de apelación, para ante el superior jerárquico de quien la profirió. La destitución no es susceptible de apelación. Los citados recursos deberán interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la providencia que impuso la sanción. El recurso de reposición se resolverá dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su interposición y el de apelación dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al recibo del proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1649 de 1991