Micelio

Artículo 26

Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 26 . Defensa del investigado. En toda investigación disciplinaria al investigado tendrá derecho a

1.

Conocer el proceso y las pruebas que se alleguen al mismo.

2.

Presentar sus explicaciones y a que se practiquen las pruebas que solicite, siempre que sean procedentes y conducentes.

3.

Hacer uso de los recursos establecidos y a un pronunciamiento sobre los mismos.

4.

Ser representado por un apoderado, si así lo desea y a ser asesorado por la organización sindical del organismo.

5.

Al adelantamiento imparcial de la investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1649 de 1991