Micelio

Artículo 1

Decreto 1649 de 1991 · por el cual se establece el régimen disciplinario de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1 o. Naturaleza y principios orientadores del régimen disciplinario. El régimen disciplinario previsto en este Decreto forma parte del sistema de administración de personal de la Dirección General de Aduanas y es de naturaleza administrativa; la interpretación de sus normas se hará con referencia al derecho administrativo, con preferencia a cualquier otro ordenamiento jurídico. La aplicación de este Decreto deberá sujetarse a los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción que orientan toda actuación administrativa. A falta de norma expresa se aplicarán analógicamente las disposiciones de la Ley 13 de 1984 y su Decreto reglamentario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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