Micelio

Artículo 1

Decreto 4023 de 1947 · DECRETO 4023 DE 1947, 20/12/1947, por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Economía Nacional).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de la Economía Nacional. Capítulo 58. Del artículo 955. Para la irrigación con pozos artesianos o en cualquier otra forma técnica, de la fracción de "Dinamarca", en el Municipio de Calarcá $ 10.000.00 Del artículo 956. Para estudios de irrigación de la banda izquierda del río Fonce. Ley 83 de 1943, $ 15.000.00 Del artículo 958. Para las obras de irrigación en el Departamento del Atlántico. Ley 79 de 1944 25.000.00 Del artículo 960. Para la desecación y saneamiento del "Rito" en el Municipio de Ríohacha. Ley 70 de 1943, artículo 2° 6.000.00 Suman los contracréditos 56.000.00 Capítulo 58. Al artículo 961-B. Para entregar al Instituto Nacional de Aprovechamento de Aguas y Fomento Eléctrico, como aporte de capital del Estado en dicho Instituto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1946 y Decreto 1428 de 1947 $ 56.000.00 Suman los créditos 56.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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