º Desde el 1º de abril de 1988, el aumento máximo de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante -UPAC- no podrá sobrepasar el veintidós por ciento (22%) anual.
Decreto 530 de 1988 →Vigente
Artículo 1
Decreto 530 de 1988 · DECRETO 530 DE 1988, 25/03/1988, Por el cual se distan medidas sobre Corporaciones de Ahorro y Vivienda y se intervienen en la actividad del Banco Central Hipotecario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.