Micelio

Artículo 6

Decreto 2670 de 2000 · por medio del cual se reglamentan los artículos 48 y 49 de la Ley 546 de 1999 sobre el Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Convenio de administración . Para la debida administración del Frech, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco de la República convendrán la forma como se darán las instrucciones para su administración, mediante la suscripción de un convenio en donde se establecerán las condiciones específicas para tal efecto, teniendo en cuenta los siguientes lineamientos

1.

Los recursos del Frech serán administrados con criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad apropiados al cumplimiento de sus fines.

2.

Las operaciones de tesorería que debe llevar a cabo el Frech dentro del giro ordinario de sus actividades, tales como operaciones de reporto y transferencias temporales de valores se sujetarán a las normas legales vigentes.

3.

Los gastos en que incurra el Banco da la República por la administración del Frech se reconocerán con cargo a los recursos de éste, previo el cumplimiento de las normas legales correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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