Micelio

Artículo 4

O

Decreto 1648 de 1991 · por el cual se establece el régimen de personal, la carrera aduanera, el régimen prestacional de los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, se crea el Fondo de Gestión Aduanera y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4o . Competencia en materia de administración de personal. El Director General de Aduanas será el encargado de la administración de personal, de conformidad con las disposiciones legales y las delegaciones que le sean conferidas, y en consecuencia deberá: organizar los sistemas de selección; dirigir a través de la Oficina Escuela Nacional de Aduanas programas de capacitación; fijar políticas de nienestar social para los funcionarios y sus familias; adoptar e implantar los instrumentos y procedimientos de evaluación del desempeño de los funcionarios; velar por la aplicación del régimen disciplinario; y determinar sistemas y procedimientos de registro, control y estadísticas de personal. CAPITULO II. Definiciones

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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