º . JUNTA DE COMERCIALIZADORAS. La Junta de Comercializadoras estará integrada por los siguientes miembros: - Ministro o Viceministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá. - Director o Subdirector General de Proexpo. - Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, o uno de los Subdirectores, quien preferiblemente será el Subdirector de Exportaciones. La Junta expedirá su reglamento y la Secretaría estará a cargo del Jefe del Departamento Comercial de Proexpo.
Decreto 509 de 1988 →Vigente
Artículo 7
Decreto 509 de 1988 · DECRETO 509 DE 1988, 23/03/1988, Por medio del cual se dictan medidas sobre sociedades de Comercialización Internacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.