º . REQUISITOS. Las Sociedades de Comercialización Internacional deberán cumplir con los siguientes requisitos para realizar y mantener su inscripción ante la Junta de Comercializadoras
Tener el carácter de persona jurídica constituida en alguna de las formas establecidas en el Código de Comercio.
Que su objeto social corresponda a lo establecido en el artículo primero.
Disponer de un patrimonio líquido equivalente en moneda legal colombiana a quinientos mil dólares (US$ 500.000) de los Estados Unidos de América, al momento de su inscripción. Dicho patrimonio deberá mantenerse y reflejarse en los estados financieros de la sociedad, liquidados al tipo de cambio promedio que fije el Ministerio de Hacienda para elaborar la declaración de renta.
Tener el carácter de empresa nacional o mixta en la forma prevista en la Decisión 220 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y en las disposiciones que la adicionen o reformen.