Micelio

Artículo 114

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Comité de Planificación Agropecuaria las siguientes

a)

Coordinar la elaboración del Plan de Desarrollo Sectorial y de los programas y proyectos del sector;

b)

Coordinar la elaboración de los programas análisis por subsectores, instrumentos, regiones y entidades;

c)

Aprobar el programa anual de actividades de las Subgerencias y Oficinas de Planeación de las entidades del sector;

d)

Coordinar la elaboración de las evaluaciones periódicas de los planes y programas sectoriales;

e)

Promover la elaboración de los planes de desarrollo regional y demás instrumentos de planeación regional que sean requeridos;

f)

Promover el desarrollo de los sistemas de información y estadística del sector agropecuario que sean necesarios;

g)

Promover la debida coordinación e integración en la prestación de los servicios agropecuarios a nivel regional;

h)

Coordinar la programación y ejecución financiera y presupuestal de las entidades del sector y del sistema de información presupuestal;

i)

Promover la debida coordinación en la elaboración de los planes, programas y proyectos del sector con los que elaboren los demás sectores y promover la debida coordinación en la ejecución;

j)

Elaborar su propio reglamento. COMITE DE ESTADISTICAS AGROPECURIAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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