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Artículo 95

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comité de Coordinación Ejecutiva se integrará así: -El Ministro de Agricultura, quien lo presidirá. -El Viceministro. -El Secretario General. -El representante legal de los siguientes organismos: ICA, Incora, Inderena, Himat, Fondo DRI, Idema Almagrario, Cofiagro, Banco Cafetero, Banco Ganadero, Caja Agraria, Vecol y Emcoper. -El Director General de Planificación. -El Director General de Producción. -El Director General de Comercialización. -El Director General de Finanzas y Presupuesto. -El Jefe de la Unidad de Desarrollo Agrícola del Departamento Nacional de Planeación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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