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Artículo 86

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Análisis Estadístico las siguientes

a)

Diseñar el sistema de información necesario para la elaboración del plan;

b)

Diseñar los procedimientos y metodologías para la obtención y estimación de la información y para la operación de bases de datos sectoriales;

c)

Definir la forma de recolectar y presentar información;

d)

Identificar las fuentes originadoras y poseedoras de la información;

e)

Efectuar los análisis estadísticos requeridos para el manejo y actualización de la información;

f)

Estudiar las metodologías de obtención y estimación de información empleadas por parte del Ministerio y de sus entidades adscritas y vinculadas, evaluarlas y proponer las modificaciones que considere necesarias;

g)

Realizar el seguimiento de los sistemas de información, evaluar su funcionamiento y proponer los ajustes a que hubiere lugar;

h)

Diseñar y operar la base de datos sectorial que contenga las series históricas de las principales variables estadísticas del sector y prestar el servicio de información de estadística;

i)

Asesorar a las Direcciones Generales del Ministerio y a sus entidades adscritas y vinculadas en el desarrollo de sistemas de información estadística de bases de datos que requieran para el cumplimiento de las funciones de planeación formulación de políticas y toma de decisiones;

j)

Dirigir y coordinar, con la participación de las demás Direcciones Generales del Ministerio el proceso continuo y periódico de estimación, análisis y publicación de las cifras oficiales del sector agropecuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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