Micelio

Artículo 83

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Subdirección de Evaluación y Seguimiento las siguientes

a)

Consolidar con la colaboración de las Direcciones de Producción y Comercialización y la orientación de la Subdirección de Análisis de Política Económica y Sectorial los planes institucionales de mediano plazo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio que se basarán en los planes de producción y comercialización y por instrumento de política:

b)

Orientar el desarrollo de un sistema presupuestal por programas de acuerdo con los instrumentos de desarrollo agropecuario, los cuales serán difundidos en términos de objetivos y metas a alcanzar en un periodo determinado;

c)

Preparar concepto técnico, con base en el Plan de Desarrollo Económico y Social y en el programa institucional de mediano plazo, sobre los requerimientos presupuestales y los programas de inversión pública que para cada año fiscal presenten las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio y proponer los ajustes que se consideren necesarios;

d)

Preparar concepto técnico sobre las solicitudes elevadas por las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio respecto a los ajustes periódicos al programa de inversión publica;

e)

Orientar técnica y metodológicamente el establecimiento en cada entidad adscrita y vinculada al Ministerio de un sistema de programación operativa anual;

f)

Participar y colaborar con las Direcciones de Producción y Comercialización en la elaboración de un sistema de indicadores que permita programar y evaluar la acción institucional;

g)

Promover y efectuar con la colaboración de las Direcciones de Producción y Comercialización y de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio el seguimiento y la evaluación de la acción institucional, emitir concepto y proponer los ajustes a que hubiere lugar;

h)

Analizar los informes de ejecución física que presenten las entidades, emitir concepto y proponer los ajustes que considere necesarios;

i)

Colaborar en los trabajos de coordinación institucional que sean requeridos en el Ministerio y que sean demandados en desarrollo de los planes, programas y proyectos del sector;

j)

Mantener información actualizada sobre la organización institucional de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, analizar y proponer los ajustes que considere necesarios;

k)

Recopilar, procesar y analizar la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; SUBDIRECCION DE INFORMACION Y ESTADISTICA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 501 de 1989