Son funciones de la Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Social las siguientes
Proponer la política de desarrollo social y de infraestructura física como uno de los elementos para la definición de la política general del sector, con énfasis en el aspecto de seguridad alimentaria;
Definir los instrumentos que deben ser empleados para el desarrollo de la política mencionada;
Promover coordinar y realizar en colaboración con las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio la información y los estudios que sirvan de base para la formulación del plan de desarrollo sectorial en lo referente a las necesidades de desarrollo de infraestructura física y de desarrollo social, en especial en la zonas rurales del país, en relación con sectores tales como transporte, comunicaciones, energía, educación, salud, empleo y mercado de trabajo, vivienda y seguridad social; e) Proporcionar los elementos técnicos que con respecto a la política de desarrollo social y de infraestructura física, se requieran para la elaboración del plan, describiendo y cuantificando la situación actual, las posibilidades de desarrollo en el corto, mediano y largo plazos, los recursos no financieros necesarios para su desarrollo y las restricciones existentes; f) Participar en la definición de la política y del plan sectorial; g) Estudiar y sistematizar los lineamientos generales de la política del gobierno en aspectos de desarrollo social y de infraestructura física del país, en especial en las zonas rurales y proponer las recomendaciones que se consideren necesarias: h) Diseñar, promover, participar y colaborar en la organización de un sistema de indicadores de desarrollo del país y en especial de las zonas rurales, en aspectos sociales y de infraestructura física, de seguridad alimentaria y demás programas que ejecuten o cofinancien las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio: i) Estudiar los programas de inversión pública que pretenden realizar o cofinanciar las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, en programas y proyectos de desarrollo social y de infraestructura física, remitir concepto y recomendar los ajustes que considere necesarios; j) Dirigir, promover, coordinar y realizar los estudios sectoriales qué se requieran sobre seguridad alimentaria en el país, en el marco de los acuerdos de integración regional o subregional; k) Definir y coordinar con la colaboración de las demás direcciones generales y dependencias del Ministerio los programas y proyectos que con fines de seguridad alimentaria adelanten las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio; i) Coordinar las actividades, estudios y la ejecución de programas de seguridad alimentaria que sean requeridos por parte del sector agropecuario con los que a su vez realicen los demás sectores públicos; m) Promover y efectuar con la colaboración de las demás direcciones generales y dependencias del Ministerio y de las entidades adscritas y vinculadas, el seguimiento y la evaluación de los programas y proyectos de seguridad alimentaria, desarrollo social y de infraestructura física que adelanten o financien las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio y emitir concepto y recomendar los ajustes que considere necesarios; n) Recopilar, procesar y analizar la información sobre la infraestructura física y social necesaria para el cumplimiento de las funciones antes señaladas; SUBDIRECCION DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO.