Son funciones de la Subdirección de Crédito Externo e Interno, las siguientes
Identificar las fuentes potenciales de financiación internas y externas y seleccionar las más apropiadas en términos de condiciones y condicionamientos;
Elaborar el Plan de Financiación del Ministerio y del sector y el programa del servicio de la deuda;
Definir criterios de negociación y contratación de créditos internos, externos y de convenios de cooperación financiera internacional;
Emitir concepto sobre la contratación de crédito externo e interno y la cooperación financiera internacional que pretendan efectuar las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio;
Dirigir, coordinar y apoyar la negociación de créditos y convenios de cooperación financiera internacional para el sector
Promover conjuntamente con las entidades adscritas y vinculadas, la evaluación y seguimiento financiero de la ejecución de los empréstitos externos e internos y la cooperación financiera internacional para el sector, elaborar informes periódicos sobre el estado de ejecución y proponer los ajustes que se consideren necesarios;
Analizar con la colaboración de las entidades adscritas y vinculadas la incidencia del pago de amortizaciones e intereses en la financiación de las entidades y programas sectoriales y estimar los recursos necesarios para su oportuna cancelación;
Asesorar al Ministerio y a las entidades adscritas y vinculadas en los aspectos relacionados con financiación internacional con destino al sector como también del estado de ejecución, la programación de desembolsos y pago del servicio de la deuda. SUBDIRECCION DE GENERACION DE FONDOS PROPIOS.