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Artículo 19

Decreto 501 de 1989 · DECRETO 501 DE 1989, 13/03/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Oficina Jurídica, además de las que le señala el artículo 17 del Decreto-ley 1050 de 1968, las siguientes

a)

Ejercer la vigilancia y control sobre las asociaciones agropecuarias, con el fin de asegurar que sus actos se desarrollen en cumplimiento de la ley y sus estatutos y, en relación con las cooperativas agropecuarias en lo que sea de competencia del Ministerio;

b)

Representar a la Nación - Ministerio de Agricultura en los procesos judiciales en que ésta sea parte;

c)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de su dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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