Son funciones de la Oficina de Asuntos Campesinos, las siguientes
Sugerir al Ministro la política general que se debe adoptar para beneficio del campesinado y en relación con sus organizaciones;
Atender y tramitar las solicitudes formuladas por los campesinos al Ministerio;
Coordinar y programar las entrevistas de representantes campesinos con las dependencias del Ministerio y sus entidades adscritas o vinculadas;
Supervisar los programas y proyectos que se desarrollen en beneficio del campesinado y adelantar la coordinación con las demás entidades adscritas y vinculadas al Ministerio;
Informar sobre los planes, programas y proyectos con destino a los sectores de economía campesina que adelanten el Ministerio, sus entidades adscritas y vinculadas u otras dependencias del Gobierno Nacional, así como organismos públicos o privados nacionales e internacionales;
Preparar programas de fomento a la constitución, fortalecimiento y capacitación de organizaciones campesinas, para lo cual podrá requerir la colaboración de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO.