Micelio

Artículo 328

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consulta . Los administradores de aduana deberán consultar ante la Subdirección Técnica de la Dirección General de Aduanas los reembolsos que ordene como consecuencia de los recursos de reposición o revocatoria directa Interpuestos ante él contra la liquidación oficial, cuando el valor de la devolución sea superior a los mil (1.000) gramos oro. En los demás casos no será necesaria la consulta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2666 de 1984