Términos para decidir . El recurso de reposición deberá resolverse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a su interposición; el de apelación y revisión dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes. Transcurridos estos términos sin que se haya notificado pronunciamiento expreso sobre ellos, se entenderá que la decisión es negativa de conformidad con el Código Contencioso Administrativo.
Decreto 2666 de 1984 →Vigente
Artículo 321
Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.