Micelio

Artículo 286

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constitución de garantías . Sin perjuicio de lo previsto en este Decreto, cuando las normas aduaneras exijan que determinada obligación deba ser respaldada con una garantía, el Director General de Aduanas, establecerá los plazos, modalidades, y demás condiciones en que deba otorgarse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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