Alcance del reconocimiento . El funcionario que efectúe el reconocimiento determinará los bultos que deben abrirse y las mercancías que deban examinarse en cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al diez por ciento (10%) de las relacionadas en cada declaración. No obstante el administrador de la aduana podrá ordenar el examen de la totalidad de la mercancía declarada.
Decreto 2666 de 1984 →Vigente
Artículo 161
Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.