Micelio

Artículo 106

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reexportación de mercancías . El administrador de aduana autorizará la reexportación de mercancías que se encontraren en zona franca, en el mismo estado en que fueren introducidas, cuando se acredite el cumplimiento de los requisitos para la introducción a la misma y no se hubiere cometido infracción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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