Base imponible para mercancías elaboradas en zona franca . Cuando se despachen para consumo productos elaborados, confeccionados o manufacturados dentro de la zona franca industrial, que contengan materias nacionales y extranjeras, o únicamente extranjeras, los derechos de importación se causarán y pagarán sobre los porcentajes que el valor total de las materias extranjeras utilizadas representen respecto del valor del producto, y según la posición arancelaria señalada para el artículo terminado. Sin embargo, el declarante podrá solicitar que los derechos se liquiden sobre lis posiciones arancelarias correspondientes a las materias primas, insumos extranjeros utilizados, de conformidad con el certificado de integración.
Decreto 2666 de 1984 →Vigente
Artículo 89
Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 89 del decreto 2666 de 1984, quedará así) por decreto 1472/86 modificado (verif_articulado: el artículo 89 del decreto 2666 de 1984, quedará así) por decreto 1472/85
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.