Micelio

Artículo 77

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorización y condiciones de funcionamiento de los depósitos . A fin de garantizar la seguridad y el control de las mercancías almacenadas, sin perjuicio de los requisitos establecidos en este Decreto, el Director General de Aduanas podrá exigir las medidas de seguridad necesarias para autorizar el funcionamiento de depósitos de provisiones de a bordo. Así mismo fijará la clase y el monto de las garantías que deben constituir las personas a quienes se les autorice el depósito para responder por el cumplimiento de las obligaciones pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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