Micelio

Artículo 58

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidad por el almacenamiento . Sin perjuicio de la responsabilidad frente a terceros de conformidad con las normas del Código de Comercio, los particulares o entidades distintas de la aduana que administren depósitos serán responsables ante la Nación por los derechos de importación de las mercancías que sean sustraídas o perdidas durante el almacenamiento. Cuando los depósitos de mercancías sean administrados por la aduana, responderá el respectivo almacenista o bodeguero. Si se produjere deterioro atribuible a negligencia, también habrá lugar a responsabilidad,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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