Micelio

Artículo 27

Decreto 2666 de 1984 · Por el cual se revisa parcialmente la legislación aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control de sellos. Los sellos que se utilicen en la presentación y aceptación de la declaración, reconocimiento de mercancías, liquidación de derechos de importación o exportación, entrega de mercancías, autorización de regímenes, aduaneros o cualquier otro que se estampe sobre la declaración de mercancías o certificaciones que sé expidan acerca de las mismas, serán suministrados por la Dirección General de Aduanas, y el funcionario a quien se le entreguen responderá por su uso y custodia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2666 de 1984