Micelio

Artículo 9

Decreto 1645 de 1991 · por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 9 º . Requisitos mínimos para el ejercicio de los empleos de la Dirección de Impuestos Nacionales. Para desempeñar los empleos correspondientes a los niveles de que tratan los artículos 3º a 8º, bastará reunir los requisitos que determine el régimen de carrera tributaria y de administración de personal. En ningún caso podrá omitirse la exigencia de los siguientes requisitos mínimos

a)

Niveles directivo, asesor, especialista y profesional: Estudios universitarios y experiencia específica cuando así se exija;

b)

Nivel Técnico: Educación secundaria y educación intermedia o conocimientos específicos en una labor equivalente o experiencia relacionada;

c)

Nivel administrativo: Educación primaria y grado de secundaria.

d)

Nivel auxiliar : Educación primaria o conocimientos en una labor específica según la naturaleza de las funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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