Artículo segundo. Esta Inspección, que dependerá de la Sección Cuarta -Fiscalización y Explotación de Petróleos- del citado Despacho, funcionará con un personal igual al que actualmente tienen las Inspecciones de Petróleos del Catatumbo y Yondó, o sea el siguiente: 1 Ingeniero Inspector, con $ 600.00 mensuales 1 Secretario, con 340.00 mensuales 3 Medidores, cada uno con 27.0.00 mensuales 1 Sirviente, con 90.00 mensuales
Decreto 3972 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3972 de 1947 · DECRETO 3972 DE 1947, 15/12/1947, Por el cual se crea una Inspección de Petróleos en la Concesión Cantagallo, se señala su personal y se fijan sus asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.