Quien no presente el vehículo a revisión técnico-mecánica en las fechas señaladas en el presente Decreto, incurrirá en multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales diarios, vigentes por cada mes o fracción de mes que haya pasado desde el mes establecido para su revisión . En todo caso, el Certificado de Movilización se expedirá con vigencia hasta el mes inicialmente establecido para su revisión.
Decreto 460 de 1988 →Vigente
Artículo 25
Decreto 460 de 1988 · DECRETO 460 DE 1988, 11/03/1988, Por el cual se establece Certificado de Movilización para la Revisión Nacional de vehículos automotores se derogan los articulos14 y 15 del Decreto2544 de 1987 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.