° El encargado del control administrativo devengara viáticos a razón de $ 25 diarios, y tendrá derecho a gastos de transporte, lo cual será pagado con imputación a la partida señalada por la Ley 30 de 1947 en su artículo 3°.
Decreto 3951 de 1947 →Vigente
Artículo 6
Decreto 3951 de 1947 · DECRETO 3951 DE 1947, 12/12/1947, Por el cual se reglamenta la Ley número 30, de diciembre 3 de 1947
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.