º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Gobierno. Capítulo 20. Del artículo 211. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios al Municipio de Chiquinquirá, según contrato de 10 de febrero de 1945, en el año $ 6.156.00 Del artículo 222. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios al Municipio de Facatativá, según contrato de 9 de enero de 1946, en el año 9.021.00 Suman los contracréditos $ 15.177.00 Capítulo 20. Al artículo 216. Para el pago de sueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios a la Texas Petroleum Company, según contrato de 15 de enero de 1943, en el año $ 9.021.00 Al artículo 220. Para el pago de sueldos, sobresueldos y demás gastos de sostenimiento de la Sección de la Policía Nacional que presta sus servicios a la Compañía de Petróleos Shell de Colombia, según contrato de 13 de marzo de 1945, en el año. 6.156.00 Suman los créditos $ 15.177.00
Decreto 3945 de 1947 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 3945 de 1947 · DECRETO 3945 DE 1947, 12/12/1947, por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Gobierno).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.