ARTICULO 24 . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación modifica en lo pertinente los Decretos 721 y 897 de 1978, 1434 de 1982, 458 de 1984, deroga los Decretos 3493 de 1986, el 89 de 1990, 47 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1994.
Decreto 90 de 1994 →Vigente
Artículo 24
Decreto 90 de 1994 · por el cual se establecen las escalas de asignación básica de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.