Micelio

Artículo 76

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División de Planeación y Control de Gestión de la Dirección General de Apoyo Fiscal el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Establecer las normas técnicas de planeación, control y evaluación y elaborar los manuales de funciones de la Dirección;

b)

Elaborar, según instrucciones del Subdirector General, los planes de actividades de la Dirección General de Apoyo Fiscal;

c)

Elaborar con la División de Coordinación Administrativa de la Dirección General de Apoyo Fiscal el anteproyecto anual de presupuesto de la Dirección;

d)

Elaborar y presentar para estudio de la Oficina de Planeación y Control Interno del Ministerio las solicitudes de créditos adicionales y de traslados presupuestales de la Dirección General de Apoyo Fiscal;

e)

Ejercer el control del funcionamiento de las dependencias de la Dirección, llevando las estadísticas de las actividades desarrolladas;

f)

Asesorar a las Subdirecciones y Divisiones, en la elaboración y estandarización de manuales de procedimiento y en el diseño de los formularios, para el uso de la Dirección General de Apoyo Fiscal;

g)

Recibir y tramitar las quejas y sugerencias que presente la ciudadanía sobre casos de ineficiencia e inmoralidad de los funcionarios de la Dirección General de Apoyo Fiscal, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el sistema de atención de reclamos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

h)

Las demás que le sean asignadas según su naturaleza. 7.1.2. De la Oficina de Sistemas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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