Corresponde a la Subdirección de Planeación y Análisis de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Efectuar análisis sobre el endeudamiento de la Nación y demás entidades públicas; consolidar los informes sobre el estado de los cupos de endeudamiento con destino al Congreso de la República, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público y los relacionados con informes de labores al Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Coordinar con el Confis y el Departamento Nacional de Planeación la definición y seguimiento de los convenios de desempeño que celebre la Nación con entidades públicas, en desarrollo de lo previsto en el Capítulo III de la Ley 51 de 1990 y normas reglamentarias;
Participar en la elaboración de estudios sobre los mercados de capitales internos y externos con el objeto de establecer las condiciones más favorables para la consecución y contratación de los recursos de crédito público y coordinar la elaboración de informes sobre los requisitos necesarios para su contratación;
Dirigir la elaboración y recolección de estadísticas periódicas y especiales sobre el endeudamiento público y elaborar los informes correspondientes en coordinación con los demás organismos competentes;
Realizar estudios y elaborar los documentos que se deban presentar en los grupos de consulta y foros en materia de crédito público;
Participar en el seguimiento del cumplimiento de los convenios celebrados con entidades gubernamentales o con organismos financieros multilaterales;
Dirigir y controlar el proceso de recopilación y registro de la información relacionada con la deuda interna y externa de la Nación y del resto del sector público no financiero; establecer los mecanismos necesarios para la oportuna difusión de la información y prestar asesoría en lo relacionado con el registro del crédito público;
Preparar y coordinar el envío de la información económica del país y, en particular, sobre el estado y comportamiento del endeudamiento público, a los prestamistas internacionales y a las representaciones diplomáticas del país en el exterior;
Efectuar en coordinación con la Subdirección de Ejecución de la Dirección General de Crédito Público, el seguimiento sobre la ejecución de las operaciones de crédito público de la Nación y presentar los informes que correspondan;
En coordinación con las dependencias especializadas, planear el diseño, montaje y desarrollo de sistemas de información sobre el crédito público;
Evaluar la conveniencia, oportunidad y los mecanismos para integrar o coordinar las fuentes de información sobre el registro y elaboración de estadísticas relacionadas con la deuda pública;
Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público y llevar las actas de sus reuniones;
Las demás que le sean asignadas según su naturaleza. 6.3.1 De la División de Registro de la Deuda.