Micelio

Artículo 56

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá la siguiente estructura orgánica: 6.0 Despacho del Director General de Crédito Público. 6.0.1 Comité de Dirección. 6.0.2 Oficina Jurídica. 6.0.2.1 División Jurídica Operativa de Crédito Público. 6.0.3 División de Coordinación Administrativa. 6.1 Subdirección de Contratación de Crédito Público . 6.1.1 División de Contratación de Crédito Público Externo. 6.1.2 División de Contratación de Crédito Público Interno. 6.2 Subdirección de Ejecución de Crédito Público. 6.2.1 División de Control, Desembolsos y Presupuesto. 6.2.2 División de Servicio de la Deuda Pública. 6.3 Subdirección de Planeación y Análisis de Crédito Público. 6.3.1 División de Registro de la Deuda Pública. 6.3.2 División de Sistemas. C. Descripción de funciones. 6.0 Del Director General de Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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