Corresponde al Director General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Asesorar al Ministro de Hacienda y Crédito Público en la formulación de las políticas fiscal y presupuestal;
Coordinar la preparación, conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación, del Plan Financiero y presentarlo a consideración del Consejo Superior de la Política Fiscal, CONFIS;
Dirigir la elaboración del Proyecto de Presupuesto General de la Nación que será presentado al Congreso de la República, y el proyecto de presupuesto de las empresas industriales y comerciales del Estado y el de las entidades privadas que administren fondos públicos del orden nacional, que seráá presentado a consideración del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS;
Asesorar las respectivas comisiones constitucionales permanentes del Congreso en el estudio de los proyectos de presupuesto;
Dirigir la elaboración de los proyectos de decreto de liquidación o repetición del presupuesto, según sea el caso, y la aprobación de los traslados y distribuciones presupuestales que los afecten;
Ejercer la Secretaría Ejecutiva del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS, y en tal calidad velar porque se cumplan sus órdenes;
Presentar al Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS, los informes y evaluaciones que este organismo requiera respecto del Sistema Presupuestal;
Emitir conceptos sobre las solicitudes de nuevos gastos, de aumento en las apropiaciones existentes y de modificación en los ingresos presupuestados;
Preparar las disposiciones generales del Presupuesto y el Manual de Programación, Ejecución y Control Presupuestal;
Aprobar los programas de compras de bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, que sometan a su consideración las Subdirecciones de la Dirección General del Presupuesto;
Conceptuar sobre el costo de las modificaciones de las plantas de personal de los organismos y entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, de conformidad con la Política Fiscal del Gobierno y lo establecido por la ley, y cuantificar los efectos de los incrementos salariales que se decreten o acuerden convencionalmente;
Preparar, en coordinación con la Dirección Tesorería General de la República y el Departamento Nacional de Planeación, en consulta con las demás Direcciones del Ministerio, el Programa Anual de Caja y sus ajustes para la aprobación del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS, de acuerdo con las metas del Programa Macroeconómico;
Dirigir la elaboración de los acuerdos de ordenación de gastos y la consolidación de las solicitudes de autorizaciones para efectuar gastos que cubren más de una vigencia fiscal, para someterlos a la aprobación del Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS;
Dirigir la elaboración de los proyectos de ley y de decreto de modificaciones, adiciones y reducciones y demás que se requieran en el manejo del sistema presupuestal; ñ) Dirigir la elaboración de las resoluciones de traslados del Fondo de Compensación Interministerial, según las instrucciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Aprobar las aclaraciones y correcciones de errores aritméticos o de leyenda en que se incurra en la elaboración de la Ley Anual del Presupuesto General de la Nación y sus modificaciones;
Solicitar a la Contraloría General de la República la constitución de las reservas de apropiaciones al cierre de cada vigencia fiscal;
Ejercer el control del Presupuesto General de la Nación, el de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y el de las entidades privadas que administren fondos públicos del orden nacional;
Ordenar la elaboración de informes de visitas de control y remitirlo a las autoridades competentes cuando sea del caso;
Recopilar y mantener actualizadas las normas, la jurisprudencia y los conceptos legales de índole presupuestal y fiscal y emitir conceptos jurídicos sobre la aplicación del Estatuto Presupuestal y demás normas que lo reglamenten o adicionen;
Proponer, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, el monto que corresponda a la Nación de los excedentes de los establecimientos públicos y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, que se someteráá a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES;
Prestar asesoría técnica en materia presupuestal a los Departamentos, Intendencias, Comisarías, Municipios y Distritos Especiales;
Administrar la planta global de la Dirección General del Presupuesto, distribuyendo los cargos dentro de las Subdirecciones, Oficinas y Divisiones de la Dirección, y ubicando los funcionarios de los mismos;
Controlar el desarrollo de los procesos que adelante la Oficina de Sistemas de la Dirección General del Presupuesto, con el fin de garantizar la seguridad y confiabilidad de los sistemas de información y establecer estándares de control para el desarrollo, funcionamiento y administración de los mismos;
Coordinar y evaluar el desempeño de todas las dependencias de la Dirección General del Presupuesto;
Las demás que le sean asignadas por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes. 4.0.1. Del Comité de Dirección.