La Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público tendrá la siguiente estructura orgánica: 4.0 Despacho del Director General del Presupuesto. 4.0.1 Comité de Dirección. 4.0.2 Oficina de Sistemas. 4.0.3 División de Coordinación Administrativa. 4.1 Subdirección de Estudios Fiscales y Consolidación Presupuestal. 4.1.1 División de Política Fiscal. 4.1.2 División de Consolidación Presupuestal. 4.2 Subdirección de Infraestructura de Desarrollo Económico. 4.2.1 División de Comunicaciones. 4.2.2 División de Desarrollo Económico. 4.2.3 División de Minas y Energía. 4.2.4 División de Obras Públicas. 4.3 Subdirección de Administración Generla del Estado. 4.3.1 División de Administración General. 4.3.2 División de Planificación Central. 4.3.3 División de Defensa y Seguridad. 4.3.4 División de Hacienda y Finanzas Territoriales. 4.4 Subdirección de Desarrollo Social. 4.4.1 División de Seguridad Social. 4.4.2 División de Justicia. 4.4.3 División de Educación. 4.4.4 División de Salud. C. Descripción de funciones. 4.0 Del Director General del Presupuesto.
Decreto 1642 de 1991 →Vigente
Artículo 30
Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.