Micelio

Artículo 21

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la División Jurídica de la Subsecretaría General el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Elaborar las resoluciones de adjudicación de las licitaciones y los contratos que requiera el funcionamiento del Ministerio, tramitar y controlar el perfeccionamiento y ejecución de los mismos y pronunciarse sobre las diferentes situaciones que genere su ejecución, conforme a la ley y reglamentos pertinentes;

b)

Adelantar las diligencias preliminares sobre presuntas faltas disciplinarias de los funcionarios del Ministerio que le competen y la correspondiente investigación cuando a ello hubiere lugar y su competencia no haya sido asignada a otra dependencia;

c)

Recopilar y divulgar la información jurídica sobre contratación administrativa, asuntos de personal y demás normas que rigen la actividad administrativa pública y mantenerlas actualizadas;

d)

Preparar las providencias mediante las cuales se resuelven los recursos interpuestos contra los actos ministeriales relacionados con las funciones que le corresponden a la Subsecretaría General;

e)

Atender las consultas jurídicas que se formulen en relación con los asuntos de competencia de la Subsecretaría General y coadyuvar en los procesos jurisdiccionales y administrativos en que sea parte la Nación;

f)

Proyectar las resoluciones que ordenen el cumplimiento de sentencias, cuando impliquen obligaciones a cargo del Tesoro Nacional;

g)

Ordenar sistemáticamente las normas que reglamentan las funciones internas del Ministerio, mantenerlas actualizadas y divulgarlas conforme a la ley;

h)

Informar oportunamente al Subsecretario General sobre los asuntos de su competencia, cuando éstos requieran una decisión superior;

i)

Resolver en los términos legales, los asuntos relacionados con el derecho de petición que sean de competencia de la Subsecretaría General;

j)

Las demás que le sean asignadas según su naturaleza. 3.1.7 Del Fondo de Bienestar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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