Micelio

Artículo 16

Decreto 1642 de 1991 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Oficina de Sistemas de la Subsecretaría General el ejercicio de las siguientes funciones

a)

Analizar, diseñar, desarrollar, documentar y mantener los sistemas de información requeridos por la Subsecretaría General;

b)

Coordinar ejecutar y controlar las labores de procesamiento de información y administrar los recursos computacionales de la Subsecretaría General;

c)

Diseñar en coordinación con las otras dependencias de la Subsecretaría General las formas y procedimientos adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información;

d)

Realizar los estudios necesarios para el desarrollo de nuevas aplicaciones y proponer las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para su implantación;

e)

Administrar los recursos de computación de la Subsecretaría General y controlar su operación;

f)

Asesorar a los funcionarios de la Subsecretaría General, en materia de utilización, recuperación y seguridad de los datos manejados por los sistemas de información y coordinar con la División de Personal de la Subsecretaria General la capacitación de los mismos;

g)

Organizar y dirigir el funcionamiento del Centro de Cómputo y de la Sala de Micros para el servicio de las dependencias del Ministerio y programar cursos de capacitación para sus funcionarios;

h)

Prestar colaboración técnica a la División de Servicios de la Subsecretaría General en la contratación, coordinación y control del mantenimiento de los equipos de cómputo del Ministerio;

i)

Las demás que le sean asignadas por el Subsecretario General y por las disposiciones legales vigentes. 3.1.2 De la División de Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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