Corresponde al Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Coordinar la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, proporcionándoles una adecuada orientación técnica a que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas; y velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Ministerio;
Refrendar con su firma los actos del Ministro y los del Viceministro, cuando fuere del caso;
Elaborar y presentar a consideración del Ministro o Viceministro los proyectos de resolución que reglamentan el funcionamiento interno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Revisar y llevar a consideración del Ministro o del funcionario correspondiente los contratos relacionados con los asuntos que competen al Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Coordinar con la Oficina de Planeación y Control Interno, la Dirección General del Presupuesto y la Subsecretaría General, la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y funcionamiento del Ministerio y presentarlos al Ministro, acompañados de su explicación y de la justificación detallada de cada una de las apropiaciones;
Informar periódicamente al Ministro y al Viceministro sobre el funcionamiento administrativo de las dependencias que conforman la entidad y el estado de ejecución de los programas de la misma;
Llevar la representación del Ministro cuando éste lo determine, en actos o asuntos de carácter técnico o administrativo;
Autenticar los documentos emanados del Ministerio cuyos originales reposen en la Secretaría General, cuando esta función no se encuentre asignada a otros funcionarios del mismo;
Presidir las reuniones de la Comisión de Personal y de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones del Ministerio;
Compilar, actualizar y divulgar las normas que regulan el funcionamiento interno del Ministerio;
Presentar a la Dirección General del Presupuesto el programa de compras del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de la Comisión Nacional de Valores, y de las Superintendencias Bancaria y de Control de Cambios;
Velar por la moralidad y celeridad en los procesos de contratación y compras menores, que realicen el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las Superintendencias Bancaria y de Control de Cambios y la Unidad Administrativa Especial-Dirección de Impuestos Nacionales;
Las demás que le sean asignadas por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por las disposiciones legales vigentes. CAPITULO III. De las funciones generales, estructura orgánica y descripción de funciones de la Subsecretaria General. A. Funciones generales.