Son funciones de la División Especial de Cooperación Técnica Internacional
Orientar, promover y realizar en coordinación con los organismos y entidades pertinentes, la formulación de políticas, planes, programas y proyectos en materia de cooperación técnica internacional, de acuerdo con la política exterior del país, y los requerimientos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social.
Promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos en dicha materia y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
Promover la organización y aplicación de sistemas de indicadores que permitan identificar las necesidades de cooperación técnica internacional, así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos.
Colaborar en la preparación de normas que deba prescribir el Departamento Nacional de Planeación sobre la elaboración de los programas presupuestos y proyectos específicos de los organismos y entidades oficiales en materia de cooperación técnica internacional y prestarles la asesoría necesaria para el pleno aprovechamiento de los recursos ofrecidos por ésta.
Preparar los informes y documentos que el Departamento deba presentar al Presidente de la República, al Conpes o a los jefes de las distintas reparticiones administrativas, sobre el desarrollo de las políticas, planes, programas y proyectos en dicha materia.
Promover y preparar con la colaboración de los organismos y entidades públicas pertinentes, estudios, programas y proyectos de integración con los de otros países u organizaciones internacionales de carácter multilateral.
Preparar los conceptos previos que compete emitir al Departamento sobre los acuerdos básicos, convenios y contratos de cooperación técnica internacional que proyecte celebrar el país con otros países u organismos internacionales.
Colaborar en la elaboración de proyectos de convenios operativos y de acuerdos administrativos o complementarios.
Recomendar la aprobación o improbación de contrapartidas nacionales destinadas al desarrollo de actividades de cooperación técnica internacional y efectuar el seguimiento y control de la destinación de los respectivos recursos.
Coordinar con las entidades pertinentes la apropiación y pago de las contribuciones a los organismos internacionales que suministren cooperación técnica al país.
Asesorar al Gobierno Nacional en la identificación de las necesidades y ofertas en materia de becas de estudio relacionadas con los programas y proyectos de cooperación técnica internacional.
Promover el acercamiento a nuevas fuentes de cooperación técnica internacional.
Preparar las solicitudes de cooperación técnica internacional a ser presentadas por el Departamento ante Organismos Internacionales o países donantes. En desarrollo de lo anterior, toda solicitud en esta materia deberá tramitarse por conducto del Departamento.
Aprobar o improbar la participación y contratación de expertos internacionales en los proyectos de cooperación técnica internacional.
Coordinar las misiones de negociación de cooperación técnica internacional.
Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Jefe del Departamento.