Son funciones de la División Especial de Política Ambiental y Corporaciones Autónomas Regionales
Orientar, promover y realizar, en coordinación con los organismos y entidades pertinentes la formulación y ejecución de las políticas, planes programas y proyectos relacionados con la política ambiental y la administración, conservación y manejo sostenido del medio ambiente y de los recursos naturales renovables.
Orientar, promover y realizar, en coordinación con los organismos y entidades pertinentes, la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de las corporaciones autónomas regionales adscritas al Departamento.
Promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos mencionados en los numerales 1 y 2, y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
Promover el desarrollo y la aplicación de sistemas de indicadores que permitan identificar los impactos ambientales negativos, orientar las acciones de mitigación y manejo sostenido del medio ambiente y evaluar sus resultados.
Promover la gestión institucional y financiera relacionada con el manejo sostenido del medio ambiente.
Promover el desarrollo y la aplicación de sistemas de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión de las corporaciones autónomas regionales adscritas al Departamento, así como el impacto de sus políticas, planes, programas y proyectos.
Asesorar a las corporaciones autónomas regionales adscritas al Departamento en la búsqueda de financiación para tales planes, programas y proyectos y evaluar su ejecución financiera.
Preparar los informes y documentos que el Departamento deba presentar al Presidente de la República, al Conpes o a los jefes de las distintas reparticiones administrativas, sobre el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyecto, de las corporaciones autónomas regionales adscritas al Departamento, así como las relacionadas con el manejo ambiental.
Participar en la formulación y seguimiento de las políticas de asignación del crédito para el desarrollo territorial en cuanto compete a las corporaciones autónomas regionales adscritas al Departamento.
Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Jefe del Departamento.