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Artículo 69

Division De Programacion Financiera. Es Función De La División Realizar, Bajo La

Decreto 2410 de 1989 · DECRETO 2410 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DIVISION DE PROGRAMACION FINANCIERA. Es función de la División realizar, bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Análisis Macroeconómico, las funciones de ésta en cuanto se relacionan con el impacto del déficit del sector público sobre los distintos sectores de la economía y recomendar alternativas para la financiación de éste. En desarrollo de esta función, la División es responsable de establecer el impacto que tiene el uso de las diferentes fuentes de financiación del déficit sobre el desarrollo de la política monetaria y cambiaria y establecer las formas óptimas de financiamiento para garantizar un crecimiento equilibrado en el corto y mediano plazo; elaborar estudios sobre la situación y evolución del mercado nacional e internacional de capitales; hacer recomendaciones sobre política de contratación de crédito; analizar la capacidad de endeudamiento del país y sus opciones de financiamiento externo; y elaborar el Plan Financiero, con la colaboración de las demás dependencias del Departamento. DIVISION ESPECIAL SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA NACIONAL DE TARIFAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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