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Artículo 60

División De Evaluación De Resultados Presupuestales. Es Función De La División R

Decreto 2410 de 1989 · DECRETO 2410 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Evaluación de Resultados Presupuestales. Es función de la División realizar, bajo la dirección del jefe de la Unidad de Inversiones y Finanzas Públicas, las funciones de ésta en cuanto se refieren al análisis y evaluación de los resultados de la operación presupuestal y proponer las medidas presupuestales y de ajuste institucional necesarias para garantizar la eficiencia de la inversión pública. En cumplimiento de esta función, la División es responsable de elaborar, en coordinación con la Dirección General del Presupuesto, la metodología básica para la programación presupuestal en las entidades que realizan inversión pública; coordinar el seguimiento de la inversión pública financiada con recursos del Presupuesto General de la Nación evaluar el cumplimiento de las metas físicas y financieras establecidas, analizar, en colaboración con la Controlaría General de la República, la productividad y eficiencia del gasto público; establecer los requerimientos de preinversión en los distintos sectores y participar con la elaboración del presupuesto de inversión del Fonade.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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