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Artículo 49

Division De Planeacion Territorial. Es Función De La División Realizar, Bajo La

Decreto 2410 de 1989 · DECRETO 2410 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DIVISION DE PLANEACION TERRITORIAL. Es función de la División realizar, bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Desarrollo Territorial, las funciones de ésta en cuanto se relacionan con la formulación y seguimiento de planes, programas y proyectos de desarrollo territorial, mediante la adecuada integración en el Sistema Nacional de Planificación de las entidades de los niveles municipal, seccional y regional. En desarrollo de esta función, la División dará apoyo al Banco de Proyectos para su operación en los niveles territoriales y a los Consejos Regionales de Planificación para la presentación de propuestas a ser consideradas por el Departamento en la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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