DIVISION DE COMERCIALIZACION AGROPECUARIA. Es función de la División realizar, bajo la dirección del Jefe de la Unidad de Desarrollo Agrario, las funciones de ésta en cuanto se relacionan con la comercialización interna y externa y la transformación primaria de productos agrícolas y pecuarios, con la organización institucional y con la situación financiera de las entidades oficiales relacionadas con tales actividades.
Decreto 2410 de 1989 →Vigente
Artículo 41
Division De Comercializacion Agropecuaria. Es Función De La División Realizar, B
Decreto 2410 de 1989 · DECRETO 2410 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.