Son funciones de la Subdirección de Servicios Especiales
Asesorar al Director General en la formulación de políticas y planes a realizar por la Dirección en el campo de su competencia;
Dirigir la ejecución de las funciones de las Divisiones a su cargo;
Vigilar el funcionamiento de la División de Tesorerías y Cuentas Corrientes y velar por el oportuno pago de los compromisos que legalmente deban atender;
Solicitar a los Tesoreros o Pagadores de los organismos o entidades de las Ramas del Poder Público de la Contraloría General de la República, el Ministerio Público y la Registraduría Nacional del Estado Civil el reintegro oportuno de las sumas que correspondan a vigencias expiradas y que no estén comprometidas;
Presentar para la firma del Director General y con destino a la Contraloría General de la República, las relaciones de cuentas corrientes por organismos y entidades que han sido registradas en la Cuenta Unica Nacional y Cuenta Operativa Nacional, así como de las que ordene suspender o cancelar;
Dirigir la elaboración de los formularios e instructivos que permitan a los organismos y entidades iniciar los trámites de registro de sus cuentas corrientes en la Cuenta Unica Nacional y en la Cuenta Operativa Nacional;
Programar con las Divisiones de Ejecuciones Fiscales procedimientos que agilicen el cobro coactivo de créditos a favor de la Nación;
Rendir informes mensual al Director General sobre las actividades realizadas por las Divisiones de Ejecuciones Fiscales, y demás dependencias de la Subdirección;
Vigilar administrativamente el manejo de los dineros y valores en poder de los Pagadores y solicitarles los informes correspondientes;
Dirigir y controlar las actividades de las Pagadurías a nivel regional, mientras éstas continúen funcionando;
Las demás que se le asignen en razón de la naturaleza de esta dependencia. DIVISION DE TESORERIAS Y CUENTAS CORRIENTES