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Artículo 4

Decreto 2409 de 1989 · DECRETO 2409 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se modifica la estructura orgánica de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones de la Oficina de Sistemas de la Dirección General de Tesorería

a)

Coordinar con la Dirección General del Presupuesto, el diseño, desarrollo y aplicación del sistema de información presupuestal, principalmente en lo relativo a: -Contabilización de los recaudos, por fuente y numeral de ingresos del presupuesto de rentas y recursos de capital del presupuesto general de la Nación; -Seguimiento del recaudo de los recursos propios de los establecimientos públicos nacionales, registrados en las cuentas corrientes de la Cuenta Unica Nacional; -Contabilidad de la Dirección General de Tesorería; -Seguimiento de los movimientos de las cuentas corrientes registradas en la Cuenta Operativa Nacional; -Situación de fondos con cargo a la Ley de Apropiaciones y con sujeción al acuerdo mensual de gastos; -Mantener la comunicación con las dependencias pagadoras de los organismos y entidades oficiales para que la Dirección General de Tesorería, pueda conocer oportunamente la situación de liquidez de organismos y entidades;

b)

Asesorar a las distintas dependencias de la Dirección General de Tesorería sobre el manejo de sus procesos y aplicación de planes de sistemas de información integrados;

c)

Evaluar selectivamente los sistemas de información interna para determinar su utilidad y validez;

d)

Producir un reporte diario con las exigibilidades de los acuerdos mensuales de gastos, para que el Director General de Tesorería autorice los pagos y realice los respectivos descargos o abonos;

e)

Diseñar, programar y establecer los controles necesarios para el proceso sistematizado de las actividades de las Divisiones de Ejecuciones Fiscales de la Dirección General de Tesorería;

f)

Prestar asesoría de sistematización a la División de Coordinación Administrativa en el manejo de inventarios, programas de compras, pedidos internos, estudios de hojas de vida y demás funciones que requieran registros magnéticos;

g)

Las demás que se le asignen en razón a la naturaleza de la dependencia. DIVISION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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